El Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, más cerca de ser ley
El proyecto de la diputada Roxana Reyes tiene el aval de Diputados y contempla restricciones para quienes estén inscriptos allí “Reivindicamos la política, porque esto llega a ese sector de la infancia vulnerado que está esperando respuestas”, dijo.
El proyecto de la diputada Roxana Reyes tiene el aval de Diputados y contempla restricciones para quienes estén inscriptos allí “Reivindicamos la política, porque esto llega a ese sector de la infancia vulnerado que está esperando respuestas”, dijo.
La creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM) está un paso más cerca. La Cámara de Diputados aprobó el proyecto y ahora resta esperar que el Senado haga lo mismo.
La iniciativa, impulsada por la diputada radical Roxana Reyes, contó con 225 votos a favor, 1 en contra y ninguna abstención. Hubiera sido unánime de no ser por la negativa de José Luis Espert.
“Con este proyecto reivindicamos a la política porque llega a ese sector de la infancia vulnerada que está esperando respuestas”, comentó Reyes a Espacio Radical.
La norma establece que quienes resulten inscriptos en el ReNDAM tendrán una numerosa serie de impedimentos para ciertos trámites y permisos.
Su objetivo principal será la conformación de una base de datos unificada y dinámica, con soporte digital de acceso público y gratuito, de las y los deudores alimentarios morosos de todo el territorio nacional inscriptos en los registros jurisdiccionales y/o a solicitud de la autoridad judicial competente.
“La Justicia debe respetar la convención de los derechos de los niños y abandonar el trato burocrático de los juicios de alimentos”, exigió la legisladora nacional por la UCR de Santa Cruz.
La inscripción en el ReNDAM se dará cuando la persona obligada al pago de cuotas alimentarias, provisorias o definitivas, mediante resolución judicial o convenio homologado judicialmente, incumpla con el pago en tiempo y forma.
¿Qué pasará si el deudor o deudora finalmente abona la cuota? Para obtener la baja, una vez acreditado el pago de lo adeudado, el juez o tribunal correspondiente deberá ordenar que la persona sea quitada.
A su vez, los registros de las distintas jurisdicciones deberán notificar al ReNDAM toda alta, baja o modificación en el plazo establecido en el instrumento de adhesión, el cual no puede superar los cinco días hábiles de ocurrido el hecho que lo cause.
“Desde el Congreso de la Nación estamos construyendo una herramienta inigualable para que se pueda combatir este delito”, explicó Reyes, y agregó: “Cada día que pasa, hay niños, niñas y adolescentes que ven aumentadas las desigualdades que surgen de no tener alimentación, acceso a la educación y todas las demás necesidades básicas”.
Quienes figuren en el Registro no podrán abrir cuentas bancarias ni ser beneficiarios de tarjetas de crédito o débito u obtener su renovación; como tampoco inscribir o anotar en los registros de la propiedad inmueble nacional o de las jurisdicciones locales.
Además, no podrán obtener o adjudicarse, a título oneroso, viviendas sociales o cesión de los derechos emanados de las mismas; estar imposibilitados de expedir o renovar pasaportes y licencias de conducir; y serán inhabilitados para la apertura de comercio o industria e inscripción a matrícula de colegios profesionales o entidad similar necesaria para el ejercicio de actividad bajo matrícula pública.
Tampoco podrán ingresar, en carácter de espectadores, a eventos y torneos deportivos masivos, ni a casinos o casas de juego.
“Tratar la temática de deudores alimentarios reivindica la política porque dice que nos estamos ocupando realmente de miles de niños y adolescentes que están sufriendo por no recibir su cuota alimentaria”, concluyó.