Cobos impulsa las licencias especiales por nacimiento prematuro
El mendocino propone que sea de 90 días corridos para los casos de bajo riesgo y de 120 días para los de alto riesgo, aunque recién contados a partir del alta hospitalaria. "Es importante corregir una situación injusta", planteó.
El mendocino propone que sea de 90 días corridos para los casos de bajo riesgo y de 120 días para los de alto riesgo, aunque recién contados a partir del alta hospitalaria. "Es importante corregir una situación injusta", planteó.
El diputado nacional de la UCR Julio Cobos presentó un proyecto para modificar la Ley de Contrato de Trabajo para que se contemple la excepcionalidad que se da en el caso de nacimientos prematuros.
“Es importante corregir una situación injusta en las licencias establecidas en la ley, específicamente en relación a la licencia por nacimiento prematuro, ya que no contempla la excepcionalidad de estos casos”, explicó a Espacio Radical.
El artículo 177 de la Ley de Contrato de Trabajo se refiere a los nacimientos pretérmino, pero solo establece que se acumulan los 90 días asignados al posparto.
"La normativa actual no refleja las necesidades reales de la persona nacida, ni mucho menos contempla el estado en particular ni las situaciones especiales que deberán afrontar sus progenitores una vez producida el alta hospitalaria", detalló el mendocino.
La propuesta dispondria que en estos casos la licencia por nacimiento sea a partir del alta hospitalaria de la persona recién nacida, de 90 días corridos para los casos de bajo riesgo y de 120 días para los de alto riesgo.
Además, agrega que cuando se den nacimientos a término considerados de bajo o alto riesgo, la licencia será equivalente a la de nacimiento prematuro.
“Está comprobado que el regreso al hogar de los niños y niñas con baja edad de gestación en determinados casos requiere de cuidados específicos intensivos, como por ejemplo vigilar la respiración, por lo que las personas a cargo deben conocer su patrón habitual y controlar los movimientos del tórax, los ruidos que hace al respirar y la cantidad de respiraciones por minuto", ejemplificó.
"En algunas situaciones se suma a esto el monitoreo de las apneas leves o la administración de medicamentos y oxígeno adicional. Son varios factores que requieren la atención permanente luego del alta hospitalario del recién nacido", agregó.
Para acceder a esos plazos, la persona gestante debe presentar en ANSES el certificado de nacimiento prematuro y fecha de alta hospitalaria. Si no lo hace, se tomará la licencia de tres meses desde el día del parto.
"Con esto queremos graficar el grado de excepcionalidad que sucede en la realidad de esas familias, pero que la legislación no contempla”, concluyó.